El decreto que lleva la firma del jefe comunal, establece "una campaña de promoción de distanciamiento social en viviendas y no circulación en vía pública de no ser estrictamente necesario”.
En ese sentido, establece en su artículo 2 “suspender, desde las 18hs del día viernes 20 de Marzo del 2020, hasta las 06hs del miércoles 25 de marzo del corriente, en el ámbito del distrito de la Ciudad de la Plata, la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva, ya sean públicos o privados, las habilitaciones otorgadas por los organismos provinciales y/o municipales para la realización de eventos de participación masiva, cualquier sea su naturaleza”.
“Esto incluye actividades en templos religiosos, centros parroquiales, iglesias, velatorios, restaurantes, bares, discotecas, cervecerías, locales de eventos, salón de fiestas, cines, gimnasios, peloteros, casas de juegos electrónicos, clubes, centro de enseñanzas privadas, hoteles, albergues, y todo sitio donde se desempeñen actividades de ocio, sociales, culturales, deportivas o recreativas, o que implique concurrencia y/o permanecía de personas”, añade.
El decreto que lleva la firma del jefe comunal, establece "una campaña de promoción de distanciamiento social en viviendas y no circulación en vía pública de no ser estrictamente necesario”.
En ese sentido, establece en su artículo 2 “suspender, desde las 18hs del día viernes 20 de Marzo del 2020, hasta las 06hs del miércoles 25 de marzo del corriente, en el ámbito del distrito de la Ciudad de la Plata, la realización de todo evento cultural, artístico, recreativo, deportivo, social de participación masiva, ya sean públicos o privados, las habilitaciones otorgadas por los organismos provinciales y/o municipales para la realización de eventos de participación masiva, cualquier sea su naturaleza”.
“Esto incluye actividades en templos religiosos, centros parroquiales, iglesias, velatorios, restaurantes, bares, discotecas, cervecerías, locales de eventos, salón de fiestas, cines, gimnasios, peloteros, casas de juegos electrónicos, clubes, centro de enseñanzas privadas, hoteles, albergues, y todo sitio donde se desempeñen actividades de ocio, sociales, culturales, deportivas o recreativas, o que implique concurrencia y/o permanecía de personas”, añade.